🚨 Nuevo cambio en la ley laboral 🚨

Hasta hace poco, cuando un trabajador era declarado en situación de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, la empresa podía extinguir automáticamente su contrato de trabajo. Esto ha cambiado.

¿Qué dice la nueva normativa?

Ahora, antes de poder extinguir el contrato, la empresa está obligada a estudiar si es posible adaptar el puesto de trabajo a la nueva situación del trabajador, o bien reubicarlo en otro puesto compatible con su capacidad dentro de la propia empresa.

¿Cuándo puede la empresa extinguir el contrato?

Solo si, tras el estudio correspondiente, se acredita que no existe un puesto disponible o que la adaptación no es razonable ni exigible, la empresa podrá extinguir el contrato conforme a los cauces legalmente establecidos.

¿Qué supone esto para los trabajadores?

Se trata de un avance importante en materia de inclusión laboral, que refuerza la protección de las personas con discapacidad o enfermedad frente a despidos automáticos y sin alternativas.

¿Tienes dudas sobre tu situación?

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